Una de las principales dudas que tienen nuestros clientes es si es posible reclamar el valor catastral de un inmueble para actualizarlo y que refleje su valor y que con ellos los impuestos aparejados a la transmisión y propiedad del inmueble se ajusten a la realidad. En este artículo trataremos algunos de los aspectos más relevantes que debes conocer sobre el valor catastral y su reclamación.
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¿Por qué reclamar el valor de referencia de Catastro?
Ley del ITP de 2022, establece que, en el caso de transmisión de inmuebles, el valor de referencia de Catastro es la nueva base imponible para el cálculo de impuestos de Transmisión Patrimonial o de Sucesiones y Donaciones, salvo que el valor declarado en la escritura sea superior. Ello conlleva que en muchas ocasiones nos encontremos con valores de referencia catastrales superiores al valor real de los inmuebles y por tanto la liquidación del ITP en el caso de compra de un inmueble sea superior a lo que correspondería realmente con el consiguiente perjuicio para el comprador.
No solo en el caso del ITP, también en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles dependiente de los ayuntamientos nos encontramos situaciones similares en el que la cantidad abonada por IBI es superior a lo que debería ser si se tomara como referencia el valor real de inmueble. Por tanto una vez adquirida la vivienda si no has actualizado ante la Administración Pública este valor seguirás pagando de más año tras año, salvo que lo reclames.
¿Por qué existe esta divergencia entre el valor catastral y el real?
Según la Dirección General de Catastro, el Valor de Referencia es el determinado como resultado del análisis de los precios de todas las compraventas de inmuebles que se realizan ante fedatario público, en función de los datos de cada inmueble, obrantes en el Catastro Inmobiliario. El valor de referencia no superará el valor de mercado.
Por tanto, se debe consultar el valor de referencia antes de la transmisión de un bien inmueble para ver si se está conforme con el mismo o no y si es menor que el valor de mercado del inmueble, ya que se puede presentar una tasación pericial contradictoria, realizada por un técnico competente, que dictamine el valor de mercado y rebatir así el valor de referencia.
A diferencia del trabajo realizado por un técnico tasador en el que se visita el inmueble valorando su estado, calidades, zonas comunes o distribución, las administraciones públicas dan por correcto un valor que no tiene en cuenta estos aspectos. Un bien inmueble puede depreciarse, bien por el uso o por que fue adquirido en un momento en el que los precios eran mayores, la Administración Publica sin embargo no considera estos aspectos, manteniendo un valor prácticamente lineal en el tiempo.
Sin embargo estás en tu derecho de reclamar si consideras que ese valor otorgado por la Administración no refleja el valor del bien que pretendes adquirir.
¿Cómo puedo reclamar el valor de referencia a Catastro?
El demostrar que el valor catastral no es el correcto recae sobre el contribuyente. Anteriormente era la Administración la que abría un procedimiento de comprobación de valores, ahora al recaer sobre el contribuyente debemos estar seguros de que la actualización nos beneficiará. La primera regla a cumplir es que el valor de escritura no sea superior al catastral, ya que en este caso prevalece el valor de escritura y no tiene sentido la reclamación. Por eso es indispensable contar con un tasador experto que analice la viabilidad de la reclamación del valor catastral y te asesore correctamente.
Para reclamar debes aportar un prueba fehaciente del valor real del bien inmueble que vas a adquirir o es de tu propiedad. Para demostrar este valor debes contar con un tasador que a través de métodos de valoración de inmuebles reconocidos legalmente establezca un valor real concreto.
Es muy importante determinar el valor real del inmueble con un método legal para reclamar el valor de referencia al catastro. No te fíes de tasaciones aproximadas, valores de mercado de fincas cercanas o tasaciones online. Cuenta con un profesional oficial.
Si desear reclamar el valor catastral contacta con nosotros y te asesoraremos sin compromiso.
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