Tasación pericial contradictoria: cuándo merece la pena y cuándo no

Tasación pericial contradictoria: cuándo merece la pena y cuándo no

Cuando un contribuyente recibe una comprobación de valores por parte de la Administración tributaria, una de las primeras dudas que surgen es si merece la pena impugnar esa valoración. Entre las opciones disponibles, la tasación pericial contradictoria es uno de los procedimientos más conocidos, aunque también uno de los que más dudas genera.

Es fácil encontrar explicaciones sobre qué es este procedimiento o cómo se tramita. Sin embargo, hay una cuestión mucho más importante que no siempre se responde: ¿realmente compensa iniciar una tasación pericial contradictoria?

La respuesta es que depende de cada caso. Aunque puede suponer un importante ahorro en determinados impuestos, también implica unos costes que conviene valorar previamente. En ocasiones, el importe que podría ahorrarse es inferior al coste de la propia tasación, por lo que iniciar el procedimiento carecería de sentido desde un punto de vista económico.

En este artículo, desde Grupo Valoraciones, explicamos, de forma clara y sin tecnicismos innecesarios, en qué consiste la tasación pericial contradictoria, cuándo suele ser una buena alternativa y, sobre todo, cuándo es preferible estudiar otras opciones.

¿Qué es una tasación pericial contradictoria?

La tasación pericial contradictoria (TPC) es un procedimiento previsto en la normativa tributaria que permite al contribuyente mostrar su desacuerdo con la valoración realizada por la Administración sobre un inmueble u otro bien.

Este procedimiento suele aparecer tras una comprobación de valores, es decir, cuando Hacienda considera que el valor declarado por el contribuyente no se ajusta al que estima correcto y practica una liquidación complementaria.

Es una situación relativamente frecuente en impuestos como:

  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).
  • Actos Jurídicos Documentados (AJD), en determinados supuestos.

Cuando el contribuyente considera que la valoración administrativa no refleja el valor real del inmueble, puede aportar una valoración realizada por un perito tasador independiente. Si existe una diferencia significativa entre ambas valoraciones, la normativa contempla incluso la posibilidad de que intervenga un tercer perito tasador para fijar el valor definitivo.

Aunque el procedimiento tiene una regulación jurídica concreta, desde el punto de vista del propietario lo importante es entender que la tasación pericial contradictoria es una herramienta para intentar corregir una valoración administrativa que considera excesiva.

Ahora bien, que exista esa posibilidad no significa que siempre sea recomendable utilizarla. Pasemos a analizar estos escenarios.

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¿En qué casos puede ser una buena opción?

La tasación pericial contradictoria puede resultar especialmente útil cuando existen motivos objetivos para pensar que la Administración ha asignado un valor superior al que realmente tiene el inmueble.

Algunas situaciones habituales son:

La diferencia entre ambas valoraciones es elevada

Cuanto mayor sea la diferencia entre el valor declarado y el valor fijado por Hacienda, mayor puede ser el ahorro potencial si la tasación prospera.

En estos casos, el coste de la tasación suele tener un peso mucho menor respecto al importe que podría recuperarse o dejar de pagar.

El inmueble tiene características especiales

No todos los inmuebles pueden valorarse aplicando criterios generales.

Es frecuente encontrar viviendas con problemas estructurales, locales comerciales con dificultades de uso, inmuebles pendientes de reforma integral o propiedades con circunstancias particulares que afectan a su valor de mercado.

Cuando estas características no han sido correctamente consideradas por la Administración, una valoración técnica puede reflejar una realidad diferente.

La valoración administrativa se basa en criterios generales

En ocasiones, la comprobación de valores se apoya en métodos masivos o referencias generales que no siempre tienen en cuenta las particularidades del inmueble concreto.

Una tasación elaborada por un profesional puede incorporar elementos específicos que permitan justificar una valoración más ajustada.

Existe un ahorro fiscal relevante

Al final, la decisión suele tener un componente económico.

Si una reducción del valor implica un ahorro importante en el impuesto, puede resultar razonable estudiar la viabilidad del procedimiento.

Por el contrario, cuando la diferencia económica es reducida, conviene analizar con más detalle si merece la pena asumir los costes asociados.

¿Cuándo no suele compensar iniciar una tasación pericial contradictoria?

Este es probablemente el aspecto más importante y el que menos se explica.

Muchas personas piensan que cualquier comprobación de valores debe recurrirse automáticamente, pero la realidad es que no siempre resulta rentable, por ello es importante realizar un estudio de viabilidad antes de iniciar el procedimiento.

Por ello un tasador profesional debe determinar si iniciar una tasación pericial contradictoria tiene sentido desde un punto de vista económico.

Cuando el posible ahorro es muy pequeño

El objetivo del procedimiento es reducir la carga tributaria.

Si el ahorro estimado apenas alcanza unos cientos de euros, puede ocurrir que el coste de la tasación absorba completamente ese beneficio.

En ese escenario, aunque técnicamente pudiera obtenerse una valoración inferior, el resultado económico sería poco favorable para el contribuyente.

Cuando las posibilidades de modificar la valoración son reducidas

No todas las valoraciones administrativas presentan errores o aspectos discutibles.

Si el valor fijado por Hacienda se encuentra próximo al valor de mercado y existen pocos argumentos técnicos para defender una reducción significativa, iniciar el procedimiento puede no ofrecer un beneficio real.

Por eso es importante analizar previamente la documentación disponible y las características del inmueble.

Cuando el inmueble presenta pocas singularidades

Las viviendas o locales con características muy estándar suelen admitir menos margen de discusión técnica que aquellos inmuebles con circunstancias especiales.

Cuanto más homogéneo sea el inmueble respecto a otros similares, más complicado puede resultar justificar diferencias relevantes en la valoración.

Cuando el coste supera el beneficio esperado

Este es, probablemente, el criterio más importante.

No se trata únicamente de valorar si existe la posibilidad de reducir el impuesto, sino de comprobar si el ahorro esperado compensa el coste de todo el procedimiento.

En ocasiones, tras realizar un estudio previo, la conclusión más razonable es no iniciar la tasación pericial contradictoria.

Aunque pueda parecer una respuesta poco habitual, un buen asesoramiento también consiste en indicar al cliente cuándo un procedimiento no resulta conveniente.

Cómo saber si merece la pena iniciar el procedimiento

Antes de tomar una decisión conviene realizar un análisis económico sencillo.

No basta con saber que existe una diferencia entre la valoración administrativa y la que podría obtener un perito.

También es necesario valorar el impacto económico real.

Algunos aspectos que conviene tener en cuenta son:

  • La diferencia entre el valor declarado y el valor comprobado por la Administración.
  • El tipo impositivo aplicable al impuesto correspondiente.
  • El ahorro fiscal que podría conseguirse.
  • El coste de la tasación y, en su caso, del asesoramiento profesional.
  • Las posibilidades reales de éxito según las características del inmueble.

Este análisis previo permite tomar decisiones con mayor seguridad y evita iniciar procedimientos que, aun siendo legalmente posibles, pueden no resultar rentables.

Cada inmueble presenta unas circunstancias diferentes y no existen reglas universales.

Por ese motivo, una valoración individualizada suele ser el primer paso antes de decidir si merece la pena continuar.

Tasación pericial contradictoria: cuándo merece la pena y cuándo no

La importancia de contar con un tasador profesional antes de decidir

Uno de los errores más frecuentes consiste en encargar directamente una tasación sin haber analizado previamente si el procedimiento puede generar un beneficio económico suficiente.

Una valoración profesional no solo sirve para calcular el valor de un inmueble.

También permite detectar si existen argumentos técnicos sólidos para defender una reducción frente a la Administración.

Además, ayuda a estimar si el ahorro potencial compensa los costes asociados al procedimiento.

En muchos casos, este estudio previo evita que el contribuyente invierta tiempo y dinero en un proceso que difícilmente mejorará su situación.

Por el contrario, cuando el análisis muestra que existe una diferencia relevante y que la valoración administrativa presenta aspectos discutibles, la tasación pericial contradictoria puede convertirse en una herramienta eficaz para proteger los intereses del contribuyente.

La clave está en estudiar cada caso de forma individual, evitando decisiones basadas únicamente en la existencia de una liquidación complementaria.

 

Por todo ello, antes de asumir el coste de una tasación, es fundamental saber si existen argumentos técnicos suficientes y si el posible ahorro justifica la inversión. En muchos casos, el importe que se puede reducir en impuestos es inferior al coste del propio informe, por lo que conviene analizarlo con calma antes de actuar.

En Grupo Valoraciones estudiamos cada caso de forma individual para ayudarte a tomar una decisión con criterio. Nuestro objetivo no es recomendar una tasación pericial contradictoria en todos los casos, sino indicarte cuándo realmente puede merecer la pena y cuándo es mejor no iniciar el procedimiento.

Si has recibido una comprobación de valores o tienes dudas sobre la valoración realizada por Hacienda, contacta con Grupo Valoraciones. Revisaremos tu situación y te orientaremos sobre las posibilidades reales de ahorro antes de que tomes una decisión.

 

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¿Cómo reclamar el valor de referencia a la Junta de Andalucía?

Reclamar valor de Referencia a la Junta de Andalucía con una tasación independiente.

En Andalucía para el cálculo de la base imponible de los impuestos de Sucesiones y Donaciones así como para el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados cuando media un bien inmueble su valor se tomará el denominado valor de referencia a la fecha de devengo del impuesto.

Es muy común al comprar una vivienda o al recibirla en herencia que este valor de referencia sea muy superior al valor real del inmueble teniendo como consecuencia inmediata un mayor pago de impuestos a la Hacienda andaluza. Si tratas de liquidar el impuesto por debajo del valor de referencia la Junta de Andalucía abrirá tarde o temprano un “liquidación complementaria por comprobación de valores” con la consiguiente reclamación por intereses de demora.

Por tanto lo recomendable es abonar el impuesto por el valor de referencia y posteriormente reclamar el exceso abonado a la Administración a través de lo que se conoce como una tasación pericial contradictoria. En este artículo veremos qué es el valor de referencia, por qué se produce el pago en exceso y cómo reclamarlo ante la Junta de Andalucía.

 

¿En qué consiste el valor de referencia que se usa como base imponible en los impuestos dependientes de la Junta de Andalucía?

Comencemos por el principio ¿qué es el valor de referencia y por qué se producen divergencias?

El Catastro divide el territorio en zonas que considera homogéneas y a cada zona le asigna un precio por metro cuadrado en el caso de viviendas colectivas y un valor unitario en el caso de unifamiliares, éste, en líneas generales es el Valor de Referencia. Además existen unos coeficientes correctores para que el valor se adecue a la antigüedad, estado de conservación, etcétera. Te invitamos a visitar nuestro artículo si deseas saber más sobre el origen del valor de referencia.

El valor de referencia es público y puedes consultarlo online en el catastro. El catastro asigna el valor de referencia de un inmueble para una fecha dada en el tiempo, ya que este se actualiza anualmente.

El valor de referencia catastral no necesariamente refleja el valor de mercado de la propiedad, y aquí es donde se produce la divergencia, permitiendo en este caso la Junta de Andalucía reclamarlo si no estamos conformes.

El tomar una media de las operaciones en una determinada zona considera que el estado de los inmuebles es similar y esto no tiene por qué ser así. El catastro no se preocupa por visitar cada inmueble y ajustar su valor de referencia al valor de mercado del inmueble

¿Entonces, si no estoy de acuerdo cómo se resuelve? A continuación descubrirás cómo reclamar.

 

La tasación pericial contradictoria, la vía para reclamar el valor de referencia a la Junta de Andalucía.

No hay requisitos para iniciar una tasación pericial contradictoria por parte del interesado frente a la Hacienda de la Junta de Andalucía. Tan solo debe iniciar su solicitud frente a la autoridad competente y solicitar a un perito independiente que tase la vivienda teniendo como referencia la fecha de liquidación del impuesto. El perito tasador obtendrá un valor objetivo que se contrapondrá al valor de referencia aceptado por la Administración

Sin embargo, antes de iniciarla debes tener en cuenta su viabilidad ya que en este proceso pueden darse dos casos tras la peritación:

Si la tasación arrojara un valor inferior al 10% o 120.000€ frente a la al valor de referencia catastral. La Junta de Andalucía está obligada a usar la valoración independiente efectuada por el perito tasador y por tanto devolverá los impuestos pagados de más.

En el caso de superar el valor de tasación el 10% o los 120.000€ frente al valor de referencia, la Administración designa un Perito Tercero que volverá a comprobar el valor del inmueble. Los honorarios del Perito Tercero serán finalmente satisfechos por el interesado si su tasación es superior en un 20% al valor declarado en la tasación encargada por el interesado, y si es inferior, correrán a cargo de la Administración.

¿Cómo reclamar el valor de referencia a la Junta de Andalucía?

 

¿Cómo puedo saber si merece la pena reclamar el valor de referencia a la Junta de Andalucía?

Por tanto reclamar puede salir caro. Para evitarlo lo ideal es contar con un Tasador Independiente experto en Tasaciones Periciales Contradictorias con la Junta de Andalucía como Grupo Valoraciones que valore inicialmente la situación del inmueble. Si deseas iniciar una tasación pericial contradictoria no dudes en solicitar información sin compromiso y te asesoraremos.

 

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¿Qué es el valor de referencia? ¿Es lo mismo el valor de referencia que el valor catastral?

Valor de referencia frente a fvalor catastral

Si estás próximo a la adquisición de una vivienda o la has adquirido recientemente estos términos te sonarán. Desde enero de 2022 debemos tener en cuenta el valor de referencia para el cálculo de diversos impuestos, entre ellos algunos de los que debemos abonar al comprar o heredar una vivienda. Al ser un término relativamente nuevo es normal que se confunda con el valor catastral. Vamos a profundizar en el concepto del valor de referencia y cómo puede afectarte al adquirir una vivienda.

¿Qué es el valor de referencia?

 

Desde Enero 2022 el valor de referencia es la base para el cálculo de los principales impuestos que intervienen en la compra o herencia de una vivienda:

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD). Que puede llegar a ser hasta un 10% de ese valor de referencia dependiente de la Comunidad Autónoma.

Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Si la vivienda procede de una herencia, deberemos hacer frente a este impuesto. La cantidad a abonar depende de la comunidad autónoma en la que se herede.

Además también se usa de referencia para el cálculo del impuesto de patrimonio para todos los bienes adquiridos a partir de enero de 2022. Por lo tanto para ciertos contribuyentes su impacto va más allá de la adquisición del bien inmueble.

El valor de referencia se ha diseñado para que la Administración Pública disponga de un valor los más actualizado posible para el cálculo de estos impuestos. Por ello éste se actualiza todos los años mediante una media de todos los precios registrados en el último año en las compraventas registradas ante notario o en el Registro de la Propiedad.

El valor ofrecido depende del tipo de vivienda. El territorio se divide en zonas y a cada zona se le asigna un precio por metro cuadrado en el caso de viviendas colectivas, un valor unitario en el caso de unifamiliares. Además existen unos coeficientes correctores para que el valor se adecue a la antigüedad, estado de conservación, etcétera.

En el caso de inmuebles rústicos se obtienen los módulos de valor medio en euros por hectárea por cada grupo de cultivos similares en cada ámbito territorial. En este caso las zonas son muchos mayores, englobando varios municipios.

Todos estos valores son publicados en la sede del catastro en el llamado Mapa de Valores.

¿Qué es el valor de referencia? ¿Es lo mismo el valor de referencia que el valor catastral?
Desde enero de 2022, la base de los principales impuestos que afectan a la adquisición de una vivienda se calcula a partir del valor de referencia

No estoy de acuerdo con el valor de referencia ¿Puedo reclamarlo?

 

Este valor actúa como el valor mínimo de la base en estos impuestos mencionados, de modo que, aunque el valor de la compra del inmueble sea menor no podremos reducirla.

En casos como éste existe la posibilidad de recurrir el valor de referencia. El valor de referencia tan solo aplica coeficientes correctores pero no muestra el estado de conservación real del inmueble, por lo que es muy común enfrentarse a valores de referencia superiores al precio de compra del bien inmueble. La impugnación del valor de referencia sigue los cauces comunes de reclamación de un valor de referencia administrativo.

¿Cómo reclamarlo si no estoy de acuerdo con su valor?

 

El primer paso tras mostrar la disconformidad con el valor de referencia que ha servido como base en el pago del impuesto es realizar un informe pericial. El contribuyente es el que tiene que soportar el peso de la carga de la prueba. A través del informe realizado por el perito independiente se determinará el valor real y actualizado del inmueble adecuándolo a sus circunstancias particulares y no al valor medio de la zona, tal y como hace el valor de referencia.

¿Cuál es la diferencia entre el valor de referencia y el valor catastral?

El valor catastral no se usa como base de los impuestos mencionados, se usa principalmente para calcular la base del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) dependiente de los Ayuntamientos. Por tanto valor catastral y valor de referencia nada tienen que ver, ni puede elegirse uno u otro como base para el cálculo de impuestos como muchas personas piensan.

Algo que sí tienen en común es que pueden impugnarse en caso de no reflejar el valor real del bien inmueble a través de un perito tasador inmobiliario.